Antes de confirmar el borrador que puedes solicitar hasta el 27 de junio, siéntate a hacer cuentas para exprimir al máximo las posibilidades que ofrece el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La campaña de la declaración de la Renta comienza esta misma semana: puedes presentarla desde el 3 de mayo y hasta el 30 de junio. Analiza a qué ventajas fiscales puedes acogerte, porque los beneficios por maternidad, adopción, vivienda o autoempleo femenino tienen cada vez más fuerza. El principal problema es que, muchas veces, se omiten estas deducciones por desconocimiento, lo que supone un beneficio para la Administración, pero una pérdida segura para tu poder adquisitivo.
Por maternidad
Ayuda de 2.500 €
Es cierto que la ayuda por maternidad finalizó el 31 de diciembre de 2010. Pero, si tuviste hijos el año pasado o recibiste la ayuda, debes consignarlo. Tanto si te pagaron los 2.500 €, como si estás pendientes de recibirlos, debes incluir el importe en la casilla 758 de tu impreso. En el caso de que cobraras la ayuda en 2010, señálalo también en la 759.
Deducción por maternidad
Es una ventaja distinta a la de los 2.500 €. En este caso, se trata de una deducción que llega hasta los 1.200 € anuales por cada hijo menor de tres años. Si la recibiste de forma anticipada (100 € al mes por hijo), debes indicarlo en la casilla 757 del impreso. Si no, aplícalo en la número 756.
Por asuntos familiares
Reducciones
Puedes disminuir en tu base imponible varios conceptos, con lo que se aliviará tu tributación. Pueden ser por aportaciones a algún sistema de previsión social (plan de pensiones, renta vitalicia, etc.) a tu favor o a favor de personas con un grado de minusvalía física o sensorial; por pago de pensiones compensatorias a tu cónyuge; u otras, como las cuotas de sindicatos y partidos políticos.
Tributación conjunta
Si presentas una declaración conjunta, os podréis reducir 3.400 € de la base imponible; si eres una familia monoparental, es de 2.150 €. Recuerda que Hacienda considera que la unidad familiar está formada por los cónyuges, los hijos menores y los mayores de edad que estén incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
Deducción de 400 €
Desde el 1 de enero de 2010, la deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas será solo aplicable a contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 12.000 € y que perciban rendimientos del trabajo o de actividades económicas. Cuando la base imponible sea inferior a 8.000 € anuales, la deducción será de 400 €. Y cuando se encuentre entre 8.000,01 y 12.000 € anuales,
el importe a deducir disminuirá proporcionalmente, determinándose del siguiente modo: 400 € menos el resultado
de multiplicar por 0,1 la diferencia entre la base imponible y 8.000 € anuales.
Deducciones autonómicas
Te ofrecemos la lista de las desgravaciones más importantes de las que puedes beneficiarte en la declaración.
Andalucía
Si tienes derecho a percibir ayudas de apoyo a las familias andaluzas, puedes aplicar una deducción de 50 € por hijo menor de tres años cuando tuvieras reconocido el derecho a percibir ayudas económicas por hijo menor de tres años en el momento de un nuevo nacimiento; y 50 € por hijo cuando tuvieras reconocido el derecho a percibir ayudas económicas por parto múltiple.
Podrás deducirte 600 € por adopción internacional y, si eres una familia monoparental, 100 €.
Te puedes desgravar el 15% de las cotizaciones a la Seguridad Social por empleador del hogar.
Aragón
La deducción por nacimiento o adopción del tercer hijo, o del segundo si es discapacitado, será de 500 €.
En el caso de adopciones internacionales, puedes reducirte 600 €.
Si tienes bajo tu cuidado a personas dependientes, el beneficio fiscal puede llegar a ser de 150 €.
Asturias
El acogimiento de personas mayores de 65 años supone una desgravación de 338 €, si no se perciben ayudas del Principado por esta circunstancia.
Si has puesto en marcha un negocio o te has hecho autónoma en 2010, te puedes acoger a una deducción de 170 €.
Deducción de 500 € por cada hijo nacido o adoptado en 2010, siempre que haya sido un parto múltiple o dos adopciones.
La adopción internacional se beneficia de 1.000 €.
Las familias numerosas de categoría general deducen 500 €
y las especiales, unos 1.000 €. Las monoparentales aplicarán una deducción de 300 €.
Si acogiste a menores durante 2010, desgravas 250 € como mínimo, seis meses o 125 € (menos de seis meses.
Baleares
Se establece una deducción del 100% de los importes de libros de texto por cada hijo que estudie.
La adopción de menores se beneficia de una deducción de 600 € y, si te has dado de alta como autónoma en 2010, aplícate 300 €.
Canarias
Se pueden deducir 1.500 € por estudios de descendientes o adoptados.
Por nacimiento o adopción: 200 €, cuando se trate del primero o segundo hijo; 400 €, por el tercero; 600 €, cuando se trate del cuarto y 700 €, a partir del quinto. Los progenitores o tutores podrán deducir el 15% por los gastos de guardería.
Las familias numerosas de categoría general se desgravan 200 € y las de categoría especial, 400 €.
Cantabria.
El cuidado de familiares (mayores de 70 años o menores de tres años) supone una deducción de 100 €.
Se desgravan 240 € los contribuyentes que hayan acogido a menores durante 2010.
Castilla La Mancha
Por cada nacimiento o adopción, se desgravan 100 €.
Por el cuidado de ascendientes o descendientes discapacitados, 200 €.
Castilla y León
Las familias numerosas
se benefician de una desgravación de 246 €. El nacimiento o adopción de hijos suponen entre 110 y 548 €. Si se trata de una adopción internacional, 600 €. Existe otra del 30% del dinero invertido en pagar empleados del hogar o guarderías, cuando el contribuyente tenga que dejar a sus hijos a su amparo.
Si te has hecho autónoma en 2010, puedes deducirte
510 € (1.020 €, si resides en un núcleo rural).
Cataluña.
El nacimiento o adopción de hijos supone 150 € menos.
La viudedad permite desgravarse 150 € (300 €, si tienes menores a tu cargo).
Extremadura
El acogimiento de menores son 250 € menos (si has residido más de 183 días en la Comunidad en 2010) o de 125 €
(si la estancia ha sido menor).
El cuidado de familiares discapacitados supone 150 €.
Galicia
Por cada nacimiento o adopción, 300 €. Las familias numerosas deducen 250 € (ordinaria) y 400 € (especial).
También se desgrava un 30% de lo abonado a un empleado del hogar o guardería.
Deducción del 30% de los gastos destinados al uso de nuevas tecnologías en el hogar durante 2010.
Madrid.
Por nacimiento o adopción, 600 €, si se trata del primer hijo; 750 €, por el segundo y 900 €, a partir del tercero. La adopción internacional supone una deducción de 600 €. Acoger a una persona mayor de 65 años o discapacitada suponen 900 €.
También te puedes desgravar un 10% de gastos de escolaridad, idiomas, vestuario, etc.
Murcia
Por gastos de guardería para hijos menores de tres años, 15% de ese dinero.
La Rioja
El nacimiento o adopción de segundos o posteriores hijos supone de 150 a 180 € menos, y
100 € por adquisición de ordenadores personales para la ayuda en el colegio.
Comunidad Valenciana
El nacimiento o adopción de hijos supone una reducción de 270 € (224 € más, en caso de partos múltiples o discapacitados). Las familias numerosas de categoría general disfrutan de una desgravación de 204 €
y las especiales, de 464 €. También del 15% del dinero invertido en la custodia en guarderías y en centros de primer ciclo de educación infantil. Desgravación de 418 € por cada hijo mayor de tres años y menor de cinco.
Por realización de trabajos no remunerados en el hogar, 153 €. También te puedes desgravar un 10% del importe de la cuota íntegra autonómica, cuando tengas dos o más descendientes.
País Vasco
Deducción de 400 €, para rentas inferiores a 15.000 €. Y progresiva de 400 €, para rentas entre 20.000 y 15.000 €.
Deducción de 547 € por el primer hijo; 677 por el segundo; 1.145 por el tercero; 1.353 por el cuarto; y 1.769 por el quinto y sucesivos hijos.
Deducción de 261 € por ascendientes.
Navarra
Existe una deducción del 20% por adquisición o acondicionamiento de inmuebles destinados al alojamiento de temporeros y sus familiares.